Informe “Cataluña independiente en el seno de la Unión Europea”

El informe analiza la sucesión de Cataluña en los tratados de la Unión Europea, es decir, cómo se desarrollará la ampliación interna y el proceso de sucesión en los tratados de la Unión en el supuesto de que Cataluña se convierta en un Estado propio. Por ampliación interna en la UE se extiende la continuidad dentro de la Unión Europea de un nuevo Estado que se independiza de un Estado Miembro de la UE.

El informe entiende que Cataluña en la actualidad es territorio europeo, y por lo tanto concluye que ni Cataluña, ni el resto de territorios que suceden el actual Estado español, tendrían que solicitar la admisión como nuevos miembros.

En este sentido, el informe no se centra únicamente en parámetros jurídicos, sino que también se exponen posibles soluciones políticas y pragmáticas aplicables a la sucesión de Cataluña en los Tratados de la Unión. La práctica internacional demuestra que para los casos de sucesión de Estados, los acontecimientos de carácter político marcan la realidad jurídica y no al contrario.

Ante una situación de este tipo, en cualquier organización internacional, incluida la UE, se estudian en primer lugar las provisiones constitucionales particulares de ésta, ya que la condición de miembro dependerá en gran medida de la casuística particular de cada organización internacional.

La Unión Europea, que es una organización internacional sui generes, no es la excepción. No hay ninguna norma que regule la posible sucesión interna a los Tratados de la UE, y por lo tanto, nos encontramos con una situación de vacío jurídico donde se deben que aplicar las normas de derecho internacional consuetudinario.

Por estas razones y ante el vacío legal en la Unión, el informe plantea como canales legales la aplicación de los artículos 34 y 35 del Convenio de Viena de 1978, que, en el caso de la secesión de Cataluña, determinaría que los dos o más nuevos Estados resultantes del actual Reino de España, ocuparían de manera automática el lugar del predecesor. Y por lo tanto, concluye que ni Cataluña, ni el resto de territorios que suceden el actual Estado español tendrían que solicitar la admisión como nuevos miembros.

Igualmente, el informe plantea uno de estos aspectos básicos en litigio, que serían los derechos individuales fundamentales ya adquiridos por millones de ciudadanos de la Unión Europea. Negar una solución satisfactoria en un proceso de ampliación interna podría disminuir derechos fundamentales que los ciudadanos del resto de la Unión disfrutan en Cataluña y que los catalanes disfrutamos en Cataluña y en el resto de la Unión, como la libertad de movimiento de personas, bienes, capitales y servicios, el derecho de voto en las elecciones municipales y europeas o los derechos y obligaciones derivados de la pertenencia a la Unión Económica y Monetaria o de la pertenencia en el mercado interior europeo.

El informe concluye, asimismo, con unas consideraciones sobre cómo preparar la sucesión interna:

  • Facilitando el camino hacia en la ampliación interna en los documentos fundacionales catalanes (declaración de independencia, Constitución).
  • Sometiéndose a la Corte de arbitraje europea a fin de que ésta determine deudas, derechos, y reparto de la proporcionalidad entre las diferentes entidades territoriales que sucedan el actual Reino de España y su consiguiente representación en los órganos de gobierno de la Unión (Consejo de la UE, Comisión Europea y Parlamento Europeo, básicamente).
  • Promoviendo la no violencia y la voluntad de cumplir las obligaciones de los Tratados internacionales. Cataluña cuenta con el derecho internacional consuetudinario, la necesidad de mantenimiento de estabilidad en el seno de la Unión Europea, además de los derechos fundamentales de las personas y la democracia como principales aliados de su sucesión a la Unión Europea.

Informe sobre la viabilidad del proceso de ampliación interna en la UE (Dr. Antoni Abat) (en catalán)